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Qué incluye el CNAE 46.34: Comercio al por mayor de bebidas

Qué entra en el CNAE 46.34, qué epígrafes IAE del comercio mayorista de bebidas le corresponden y qué límites marca la transformación de los productos.

Brian Mena
6 min de lectura
Guía del código CNAE 46.34
CNAE 46.34Ficha oficial del código CNAE 46.34: Comercio al por mayor de bebidasDenominación del INE, epígrafes IAE equivalentes y notas explicativasVer ficha →

Por el equipo editorial de Conversor IAE CNAE. Actualizado: 13 de octubre de 2026.

El CNAE 46.34 identifica el comercio al por mayor de bebidas: alcohólicas, no alcohólicas, zumos de frutas y hortalizas y bebidas envasadas en latas o botellas. La clase comprende también la compra y el embotellado sin transformación de vino a granel, y excluye la mezcla de bebidas para elaborar un producto nuevo.

El CNAE 46.34 cubre el comercio al por mayor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, zumos y bebidas envasadas en latas o botellas.

¿Qué actividades incluye el CNAE 46.34?

La clase 46.34 recoge el comercio al por mayor de bebidas alcohólicas y el de bebidas no alcohólicas. Incluye también el comercio al por mayor de zumos de frutas y hortalizas y el de bebidas envasadas en latas o botellas. Comprende además la compra y el embotellado sin transformación de vino a granel.

Su nota de exclusiones deja fuera de la clase la mezcla de vino, bebidas alcohólicas destiladas y otras bebidas cuando se realiza para elaborar un nuevo producto: esas actividades se clasifican en los códigos 11.01, 11.02 y 11.07.

La clase mantiene su identidad respecto a la CNAE 2009, donde figuraba como 4634, «Comercio al por mayor de bebidas», con el mismo contenido. En la misma división 46 conviven clases vecinas que conviene distinguir: 46.31 (frutas y hortalizas), 46.32 (carne, productos cárnicos, pescado y productos del pescado), 46.33 (productos lácteos, huevos, aceites y grasas comestibles), 46.35 (productos del tabaco), 46.36 (azúcar, chocolate y confitería), 46.37 (café, té, cacao y especias), 46.38 (otros alimentos) y 46.39 (comercio al por mayor no especializado de productos alimenticios, bebidas y tabaco). Si vuestra gama es amplia o incluye tabaco junto a las bebidas, comprobad cuál de ellas os corresponde.

¿Qué epígrafes IAE se corresponden con el CNAE 46.34?

En el catálogo del Conversor IAE CNAE, la clase 46.34 aparece vinculada a tres epígrafes de las Tarifas:

Epígrafe IAEDenominación
[612](https://www.conversoriaecnae.es/iae/612/comercio-de-materias-primas-agricolas-alimentarias-bebidas-y-tabaco)Comercio de materias primas agrícolas, alimentarias, bebidas y tabaco
[612.6](https://www.conversoriaecnae.es/iae/6126/comercio-mayorista-de-bebidas-y-tabaco)Comercio mayorista de bebidas y tabaco
[612.7](https://www.conversoriaecnae.es/iae/6127/comercio-mayorista-de-vinos-y-vinagres-del-pais)Comercio mayorista de vinos y vinagres del país

La ficha de la clase, con sus palabras clave y su equivalencia en la CNAE 2009, está en CNAE 46.34 Comercio al por mayor de bebidas.

¿En qué se diferencian el CNAE 46.34 y el epígrafe 612.6?

La clase CNAE procede de la clasificación del Instituto Nacional de Estadística y describe qué hace la empresa. El epígrafe 612.6, «Comercio mayorista de bebidas y tabaco», es la rúbrica de las Tarifas del IAE con la que se identifica esa misma actividad ante la Administración. Por eso lo habitual es trabajar con las dos referencias a la vez: la clase 46.34 para describir la actividad y el epígrafe de las Tarifas para el alta.

Dentro del grupo 612, el catálogo contempla además el 612.7, «Comercio mayorista de vinos y vinagres del país», y el 612 genérico, «Comercio de materias primas agrícolas, alimentarias, bebidas y tabaco». Cuál de las tres rúbricas os corresponde depende de los artículos que mováis; si dudáis entre el 612 genérico y el 612.6, consultad con vuestra gestoría.

¿Cómo se aplica en un caso concreto?

Un caso habitual: una sociedad que compra palés de refrescos, cerveza y zumos envasados y los revende a bares y restaurantes sin transformarlos. Su actividad es comercio al por mayor de bebidas, así que la clase de referencia es la 46.34 y, según el catálogo, las rúbricas IAE vinculadas son 612, 612.6 y 612.7. Si además compra vino a granel y lo embotella sin transformarlo, sigue dentro de la clase, porque ese embotellado se comprende expresamente en ella.

El límite está en la transformación. Si se mezcla vino, bebidas alcohólicas destiladas y otras bebidas para elaborar un producto nuevo, la actividad sale del 46.34 y se clasifica en los códigos 11.01, 11.02 o 11.07. Y si se somete a los productos a un proceso de transformación, como el tueste o la fritura de frutos secos, la DGT ha señalado que el alta en los epígrafes de comercio al por mayor no habilita por sí sola para esa transformación y hay que añadir el epígrafe 423.9, «Elaboración de otros productos alimenticios, n.c.o.p.». Los importes y plazos concretos de cada alta los cerráis con vuestra gestoría.

¿Cómo se da de alta esta actividad?

El alta parte de una comprobación previa: confirmad que vuestra actividad es comercio al por mayor de bebidas y no elaboración de bebidas, porque las clases 11.01, 11.02 y 11.07 quedan fuera del 46.34 y llevan a epígrafes distintos.

Con el código confirmado, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE: os devuelve la clase CNAE y las rúbricas IAE vinculadas, cada una con su ficha.

Después queda el alta censal. Los modelos, los plazos y los efectos de cada rúbrica dependen de vuestra situación, así que esos detalles los cerráis con vuestra gestoría. Si lleváis una gestoría y tramitáis altas de clientes del sector de la alimentación y las bebidas, esta comprobación previa evita arrastrar un epígrafe de comercio mayorista a una actividad que en realidad es de elaboración.

¿Qué ha dicho Hacienda?

Estas son las consultas vinculantes que el catálogo asocia al epígrafe IAE 612, la rúbrica de comercio al por mayor vinculada a la clase 46.34.

En la consulta vinculante V5096-26 (29 de junio de 2026), la Dirección General de Tributos parte de la pregunta de en qué rúbricas de las Tarifas hay que matricularse y concluye que el alta en cualquiera de los epígrafes de comercio al por mayor señalados no habilita para someter los productos objeto del comercio a algún proceso de transformación: si se tuestan o fríen los frutos secos, hay que darse de alta además en el epígrafe 423.9, «Elaboración de otros productos alimenticios, n.c.o.p.». Añade que esos epígrafes facultan también para el comercio al por menor de los mismos artículos en el mismo establecimiento donde se realice la venta al por mayor.

En la consulta vinculante V1770-22 (26 de julio de 2022), la Dirección General de Tributos resuelve sobre la clasificación de la actividad de boyero o carretero: por la guía o conducción de las carretas, sin ser titular de las mismas, el alta va en el grupo 612, «Conductores de vehículos terrestres», y por la atención, cuidado o mantenimiento de los animales ajenos, en el grupo 911, «Servicios agrícolas y ganaderos». El número 612 aparece, por tanto, en más de una sección de las Tarifas con actividades distintas: al daros de alta, comprobad la sección y la denominación, no solo el número. Cada consulta resuelve un caso concreto y no sustituye el análisis de vuestra situación.

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Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consultad con vuestra gestoría.

Redactado con asistencia de IA a partir de la clasificación CNAE del INE y del catálogo del Conversor IAE CNAE. Incluye consultas vinculantes de la DGT.

Próximos pasos

Si vuestra actividad es el comercio al por mayor de bebidas, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE y contrastad las tres rúbricas del grupo 612 antes de presentar el alta.

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Preguntas frecuentes

¿Qué bebidas entran en el CNAE 46.34?

Entran las bebidas alcohólicas, las no alcohólicas, los zumos de frutas y hortalizas y las bebidas envasadas en latas o botellas. La clase comprende también la compra y el embotellado sin transformación de vino a granel.

¿Qué epígrafes IAE se vinculan al CNAE 46.34?

Según el catálogo del Conversor IAE CNAE, la clase 46.34 se vincula a los epígrafes 612, «Comercio de materias primas agrícolas, alimentarias, bebidas y tabaco»; 612.6, «Comercio mayorista de bebidas y tabaco»; y 612.7, «Comercio mayorista de vinos y vinagres del país».

¿Cuándo deja de aplicarse el CNAE 46.34?

Cuando la mezcla de vino, bebidas alcohólicas destiladas y otras bebidas se realiza para elaborar un nuevo producto, esas actividades se clasifican en los códigos 11.01, 11.02 y 11.07, fuera de la clase 46.34.

Fuentes: INE (clasificación CNAE) — datos verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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